Capítulo 29. Derechos de las poblaciones callejeras

Objetivo general

Respetar, proteger, promover y garantizar bajo el principio de igualdad y no discriminación los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de las poblaciones callejeras que habitan y transitan en la Ciudad de México.

Versión en word

Versión en pdf